Después de la aprobación de la reforma fiscal en materia de IRPF, los cambios en las retenciones a aplicar a partir del 1 de Enero de 2015 quedan de la siguiente manera:

CONCEPTO 2015 2016  
Retención actividades profesionales con rendimiento inferior a 15.000 euros año anterior 15 % 15% Volumen de rentas inferior a 15000 € y que represente + del 75% de los rendimientos íntegros del trabajo
Retención actividades profesionales (General) 19 % 18 % Modificación  artículo 101.5 LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención de rendimientos derivados de impartir cursos, coloquios, conferencias, seminarios y similares o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas siempre que se ceda el derecho a la explotación 19% 18% Modificación artículo 101.2 de la LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención contribuyentes que inicien el ejercicio de actividades profesionales en el período impositivo de inicio de actividades y en los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades. 9% 9%
Retención Administradores (General) 37 % 35 % Modificación artículo 101.2 de la LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención por Rentas del Ahorro (capital mobiliario) 20 % 19 % Modificación artículo 101.4 LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención por Imputación de rentas por cesión de derechos de imagen 20% 19% Modificación artículo 101.10 LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención por Ganancias Patrimoniales 20% 19% Modificación artículo 101.6 LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención por Rendimientos de Arrendamientos 20% 19% Modificación artículo 101.8 LIRPF y Disposición Adicional 31ª
Retención para no residentes desplazados en territorio español acogidos al régimen especial de impatriados hasta 600.000 € 24% 24% Si la cifra es superior a 600.000 € el porcentaje es del 47% para 2015 y el 45% para 2016
Retención para no residentes en otros estados de la Unión Europea con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria 20% 19%