Durante el ejercicio 2013, el ICO ha simplificado el número de líneas para facilitar su tramitación.

La LÍNEA ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2013 destinada a los autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir necesidades de liquidez.

En los proyectos de INVERSIÓN se consideran financiables:

Los activos fijos productivos nuevos o de segunda mano, los vehículos turismo cuyo precio no supere los 30.000 € más IVA, los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%, la adquisición de empresas, el IVA/IGIC, los gastos de circulante con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión. El importe máximo del préstamo es de 10 millones de €, en una o varias operaciones por cliente y año.

También pueden solicitar financiación a través de esta línea, los PARTICULARES Y COMUNIDADES DE PROPIETARIOS exclusivamente para la rehabilitación de vivienda o edificios y/o la reforma de sus elementos comunes.

En los proyectos sin inversión,los préstamos destinados a financiar al 100% las necesidades de LIQUIDEZ se destinan a afrontarlos gastos de circulante tales como  gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

La LÍNEA ICO INTERNACIONALIZACIÓN 2013 orientada a autónomos y empresas españolas o mixtas con capital mayoritariamente español que realicen inversionesproductivasfuera del territorio nacional, incluida la adquisición de empresas, y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez.

Las operaciones que cuenten con el aval de una SGR deberán ser tramitadas a través de la LÍNEA ICO GARANTÍA SGR 2013.

La línea ICO EXPORTADORES 2013 destinada a autónomos y empresas españolas que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas derivadas de la venta en firme de bienes y servicios realizadas a un deudor ubicado fuera del territorio nacional. Se podrán anticipar las facturas que procedan de la actividad exportadora, que tengan una fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha del anticipo del importe de la factura por la entidad de crédito.

Plazo amortización del préstamo: dependiendo del concepto financiable, el cliente puede escoger entre las siguientes posibilidades:

 1. Liquidez 100%:

1 año con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

2 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

3 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

2. Inversión:

1 año con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

2 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

3 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

5 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

7 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal

12 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

15 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

20 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Para aquellos préstamos que contengan inversión y liquidez, se podrá elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para inversión.

Tipo de interés del préstamo  

El cliente puede elegir entre tipo de interés fijo o variable cotizado y publicado quincenalmente para cada plazo de amortización:

  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: Fijo ó Variable (Euribor 6 meses) más diferencial, más hasta un margen del 2,00 %
  • Para operaciones a plazo superior a 1 año: Fijo ó Variable (Euribor 6 meses) más diferencial, más hasta un margen del 2,30 % 

El tipo de interés final para el cliente (TAE) se publica quincenalmente en:

http://www.ico.es/webcomercial/portal/destino/empresasyemprendedores/colaboradoras/index.html?prod=/destino/empresasyemprendedores/colaboradoras/producto_0060&sec=int

 

Comisiones y gastos:

Las entidades de crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.

Los gastos de notaría, corretaje o registro, en su caso, se abonarán según se acuerde entre el cliente y la entidad de crédito.

El plazo para la formalización de operaciones finalizará el próximo 16 de diciembre de 2013 o, en su defecto, hasta el agotamiento de los fondos disponibles al efecto. El banco, caja o cooperativa de crédito en la que se presente la solicitud decide sobre la concesión del crédito. Son las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellas las que asumen el riesgo.

Para ampliar información sobre alguna/as de las líneas pueden consultar con los bancos y cajas, que tienen suscrito convenio de colaboración con el ICO.

Link Descarga en Pdf Circular ICO 2013